Minsa aprueba directiva sanitaria para la recepción excepcional de naves en tráfico internacional en el contexto de la COVID-19

Lima.- A través de la Resolución Ministerial n.° 817-2022, publicada en el diario oficial El
Peruano, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Directiva Sanitaria n.° 145:
“Directiva Sanitaria para la recepción excepcional de naves en tráfico internacional,
en el contexto de la pandemia por COVID-19”.
La norma establece los procedimientos sanitarios para la recepción de naves en
tráfico internacional a los puertos oficiales del Perú ante la Organización Mundial de
la Salud (OMS), permitiendo prevenir enfermedades, proteger la vida y la salud
pública. Se incluye procesos diferenciados para recibir naves de pasajeros
(cruceros) y de carga.
Esta directiva concuerda con la Ley General de Salud, que dispone que la autoridad
de salud es responsable de la vigilancia y control sanitario de las fronteras y todos
los puertos marítimos, aéreos, fluviales, lacustres o terrestres en el territorio
nacional.
El Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC)
tiene la función de elaborar e implementar, en lo que corresponda, lineamientos,
normas, proyectos y estrategias de sanidad internacional, en el marco del
Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005) y otros acuerdos de salud, en
coordinación intersectorial e intergubernamental.
Esta norma es resultado de una serie de reuniones y coordinaciones multisectoriales
entre el Ministerio de Salud (incluida la Dirección Regional de Salud del Callao), el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Autoridad Portuaria Nacional.