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Retiro del 100% de la CTS nuevamente libre hasta el 31 de diciembre del 2023

La noche del 5 de mayo se aprobó en el Pleno del Congreso el dictamen de ley que autoriza la libre disposición de la compensación por tiempo de servicios CTS realizados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha, con el fin de cubrir las necesidades ocasionadas por la pandemia, con 107 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, quedó exonerado de segunda votación, por lo que está listo para que sea remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Como disposición complementaria, el documento señala que el Poder Ejecutivo tiene el plazo de máximo 10 días calendario, luego de la publicación oficial, para generar las disposiciones reglamentarias para hacer cumplir la norma.

Pleno del Congreso aprueba liberación del 100% de la CTS hasta finales del  2023 | TVPerú

La titular de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Isabel Cortez Aguirre (CD), informó que la propuesta de ley cuenta con las opiniones favorables de la Confederación General de Trabajadores del Perú, de la Central de Trabajadores del Perú, y de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú.

“Gracias una vez más a la mesa directiva por este apoyo a los trabajadores de todo el país que tendrán la posibilidad de retirar su CTS, y también a los congresistas que se han sumado a esta lucha por los trabajadores que están pasando momentos difíciles”, expresó Isabel Cortez, presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso, al finalizar la votación.

Como se recuerda, ya se había permitió la disposición de la CTS en dos etapas. La primera a través del Decreto de Urgencia 033-2020, que permitía dos retiros hasta de S/ 2,400 cada uno, y la segunda mediante la Ley N° 31171, en el que los trabajadores dispusieron del 100% de sus depósitos hasta el 31 de diciembre de 2021.

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¿Cuánto es la multa para la empresa si no depositan la CTS?

Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (S/ 4,600 vigente en el 2022), señaló Puntriano.

Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección, es decir, oscila entre S/ 506 a S/ 2,070, mientras que para la pequeña empresa la sanción es de S/ 2,070 a S/ 20,700, en tanto para las grandes empresas la multa va de S/ 7,222 a S/ 120,152.

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