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Promulgada Ley para Retiro del 100% de la CTS: Gobierno Autoriza Disposición Libre de Fondos en 2024

La disposición establecida en la Ley 32027

La disposición establecida en la Ley 32027, promulgada por el Gobierno de Dina Boluarte el 17 de mayo, permite a los trabajadores acceder al retiro total de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta finales de 2024. Esta medida busca contrarrestar el aumento de precios de bienes y servicios básicos debido a la recesión económica en el país.

La norma dicta que el Ministerio de Trabajo deberá reglamentarla en un plazo máximo de 10 días, y se estima que los retiros podrían comenzar a partir del martes 28 de mayo, un día después de la publicación del reglamento. A diferencia de los retiros de fondos de las AFP, los trabajadores podrían disponer de su CTS desde el día siguiente a la publicación del reglamento, como sucedió en 2021 y 2022.

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Es importante tener en cuenta que ciertos trabajadores no tienen derecho al pago de la CTS, según la normativa vigente. Esto incluye a aquellos que trabajan menos de cuatro horas diarias, los que reciben remuneración anual integral, aquellos que perciben el 30% o más de las tarifas públicas, los trabajadores agrarios que optaron por cobrar su CTS junto con su remuneración, y los empleados de microempresas contratados después de su inscripción en el Remype.

En cuanto a las multas por no realizar el depósito de la CTS en el plazo establecido, según Pamela Duffy, abogada de Dentons Perú, esto constituye una infracción administrativa grave en materia sociolaboral. Las multas pueden variar según el tamaño de la empresa, desde S/566,5 hasta S/134.518, y la Sunafil es la entidad encargada de aplicar estas sanciones en caso de infracciones por falta de depósito de la CTS.

¿QUÉ ES LA CTS Y CÓMO SE CALCULA?

La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral proporcionado por el empleador al trabajador en nómina, diseñado para resguardar al empleado al concluir su relación laboral. Este beneficio se entrega dos veces al año, en mayo y noviembre. Es importante destacar que el monto de la CTS varía según el régimen laboral de la empresa, ya sea micro, pequeña, mediana o gran empresa.

El cálculo de la CTS se determina de la siguiente manera: para medianas y grandes empresas, si el trabajador ha laborado el período semestral completo (de mayo a octubre de 2020), su CTS consistirá en el 50% de su sueldo de octubre de 2020, sumado a un sexto de la gratificación recibida en julio de 2020. Por ejemplo, si el sueldo de octubre fue de S/ 3,000 y el sexto de la gratificación de julio fue de S/ 500, el total será de S/ 3,500, por lo tanto, el 50% a depositar será de S/ 1,750.

En caso de que el trabajador no haya laborado el semestre completo, por cada mes trabajado recibirá el 50% de un sexto del sueldo y de la gratificación. Por ejemplo, si trabajó dos meses en el periodo semestral de mayo a octubre, el monto inicial será de 2/6 de S/ 3,500, es decir, S/ 1,166. El depósito será la mitad de esta cifra.

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