Empresas operadoras están obligadas a entregar contraseña única desde el 12 de junio PARTE 2

Suspensión del servicio o reposición cuestionada
El ente regulador también ha dispuesto que, desde este 12 de junio, las empresas operadoras están obligadas a suspender el servicio móvil de forma inmediata, ante la presentación de un reclamo por desconocimiento de la contratación o cuando se desconoce la reposición del SIM Card o chip móvil.
Asimismo, en los casos de desconocimiento o cuestionamiento de la contratación del servicio, la portabilidad numérica, el cambio de titularidad o la reposición de chip móvil, la empresa debe entregar, a solicitud del abonado, la información y documentación relacionada al trámite cuestionado, en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Reposición del chip móvil
A partir del 12 de junio, para la reposición de chip móvil y la recuperación del número telefónico, el abonado debe presentar la solicitud en forma personal, en cualquiera de las oficinas o centros de atención de la empresa operadora y los puntos de venta o atención habilitados, además, las operadoras deben verificar la identidad del abonado mediante la exhibición del documento legal de identificación y, excepcionalmente, con la denuncia policial en caso de extravío; y el sistema de verificación biométrica de huella dactilar.
además de la verificación biométrica, y de la contraseña única, las empresas operadoras deberán exigir la presentación del documento de identidad del abonado, el procedimiento se hará en los centros de atención de la empresa y los puntos habilitados para atención de usuarios en provincias, previamente reportados al OSIPTEL. También se limita el número de intentos de verificación biométrica por persona en el día y por trámite, a fin de evitar que la verificación se obtenga luego de una cantidad anómala de rechazos, lo que resta confiabilidad al procedimiento.
Asimismo, la activación del nuevo chip de reposición se hará a las 4 horas de presentada la solicitud. En ese periodo, previo a la activación del nuevo chip, la empresa operadora debe enviar un mensaje de texto a todos los servicios móviles bajo titularidad del abonado que tiene registrados, así como un correo a la dirección electrónica registrada por el abonado, al momento de recibir la solicitud de reposición de SIM Card.
Los mensajes deben informar sobre la solicitud de reposición de SIM Card, con detalle de la fecha y hora de la solicitud, lugar de presentación de la solicitud, y datos de contacto de la empresa operadora a fin que el abonado que desconozca dicho trámite solicite su bloqueo inmediato, la empresa operadora de manera adicional puede remitir dicho mensaje mediante otro servicio de mensajería como mensajes cortos (USSD), mensajes emergentes, notificaciones por su aplicativo informático instalado o mensajería instantánea.
Contrataciones y reposiciones de chip no autorizados
Las medidas del OSIPTEL buscan reducir la vulnerabilidad en las contrataciones y reposiciones de chip que no fueron solicitadas por los usuarios, y cuya comercialización de servicios, entre otros, se brinda en la vía pública, sin mayor control. Durante el año 2021, se registraron 56 656 reclamos por contrataciones no solicitadas, de las cuales 24 679 resultaron fundados (43.6%), además, en el mismo periodo, el OSIPTEL recibió 3077 denuncias de usuarios que refieren tener la titularidad de líneas que no han contratado.